La ley antiterrorista que tiene en alerta a la ONU y a defensores de derechos humanos

La ley antiterrorista que puede convertir en terrorista a quien protesta, informa o defiende su territorio.
Manifestaciones del 15 de septiembre del 2026.

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Tegucigalpa, Honduras. El Congreso aprobó reformas para combatir maras y pandillas. Pero la ONU advierte que la definición de “terrorista” es tan amplia que podría usarse contra periodistas, comunidades rurales y quienes protestan. El abogado Omar Menjivar advierte que se abre la puerta a la arbitrariedad y al “derecho penal del enemigo”.

El Gobierno dice que busca “más dientes” contra el crimen organizado. Pero la ONU y expertos advierten que esas herramientas pueden volverse un peligro para la libertad de expresión, la defensa del territorio y los derechos humanos.

¿Qué se aprobó?

El Decreto 84-2026 reforma los artículos 272, 373, 374, 375, 473, 522 y 587 del Código Penal, y el artículo 273-A del Código Procesal Penal. Incluye normas sobre interceptación de comunicaciones, coordinación de seguridad e infraestructura penitenciaria.

La Ley Especial añade un régimen especial para personas señaladas de pertenecer a maras, pandillas o asociaciones terroristas.

📄 INFOGRAFÍA:
Lo que debes saber sobre la nueva ley antiterrorista

🧩 ¿QUÉ ES?

Una ley aprobada en 2026 que reforma el Código Penal y crea reglas especiales contra maras, pandillas y «asociaciones terroristas».

📌 5 COSAS CLAVE

1️⃣ TE PUEDEN VIGILAR

📱 El Estado puede pedir a telefónicas y bancos tus datos en 24 horas.

2️⃣ «TERRORISTA» ES MUY AMPLIO

⚠️ La ley no define bien qué es terrorismo. Puede confundirse con protesta, organización comunitaria o defensa de la tierra.

3️⃣ UN CONSEJO DECIDE QUIÉN ES TERRORISTA

🏛️ El Consejo Nacional de Defensa y Seguridad decide:

  • ❌ Sin juicio previo.
  • ❌ Sin defensa.
  • ❌ Sin revisión judicial clara.

4️⃣ CÁRCELES MÁS DURAS

🚔 Aislamiento, pocas visitas, una hora de patio al día. ⚠️ Aplica incluso antes de una condena.

5️⃣ LA ONU ADVIRTIÓ

🇺🇳 9 relatorías de la ONU pidieron explicaciones a Honduras. Dicen que la ley puede violar derechos humanos.

👥 ¿A QUIÉN AFECTA?

Grupo Riesgo
📰 Periodistas Vigilancia a fuentes de información.
🌾 Campesinos Criminalización por defender la tierra.
🪶 Pueblos indígenas Confundir el autogobierno con terrorismo.
✊ Manifestantes Riesgo de que protestar sea considerado «terrorismo».
⚖️ Defensores de DDHH Persecución penal por su labor.

🚨 LO QUE DICE LA ONU

  • «Puede criminalizar la protesta social, el periodismo y la defensa del territorio.»
  • «No cumple con el principio de legalidad.»
  • «Riesgo de arbitrariedad y abuso.»

✅ LO QUE PIDE LA ONU

  • Definir «terrorismo» con claridad.
  • Separar crimen organizado de terrorismo.
  • Garantizar derecho a un juicio justo.
  • Proteger a periodistas y defensores.
  • Supervisión independiente.
🧠 EN UNA FRASE
«Una ley que promete seguridad, pero puede quitar libertades.»

📞 ¿QUÉ HACER?

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🛡️ Defiende tus derechos
Basado en el Decreto 84-2026, la Ley Especial contra Asociaciones Terroristas y la carta OL HND 2/2026 de la ONU.

Comunicaciones bajo lupa

Uno de los puntos más delicados es el artículo 3. Obliga a empresas de telecomunicaciones, redes tecnológicas y bancos a entregar información pedida por un juez.

Para interceptación de comunicaciones, el plazo es de 24 horas. Para sistemas financieros, de 10 días hábiles. Además, esas empresas deben crear “unidades permanentes” para procesar y entregar información “en tiempo real” cuando lo pida el Ministerio Público.

Traducción simple: el Estado tendrá más poder para acceder a llamadas, mensajes y datos financieros. Para la ONU, esto puede afectar la privacidad y el trabajo de periodistas, porque pone en riesgo sus fuentes. Si una persona sabe que sus comunicaciones pueden ser vigiladas, puede dejar de hablar o de denunciar. Eso se llama autocensura.

La palabra “terrorista”

El artículo 587 del Código Penal redefine qué es una “asociación terrorista”. La norma habla de dos o más personas que cometan delitos graves, como causar muerte o lesiones, tomar rehenes, provocar terror o buscar fines como subvertir el orden constitucional, controlar territorios, obtener dinero o presionar a autoridades.

También incluye a maras, pandillas y estructuras de narcotráfico.

El problema, según la ONU, es que la definición es muy amplia. Puede interpretarse de manera que se confunda una protesta social, una organización comunitaria o una movilización por la defensa de la tierra con una asociación terrorista.

La ONU advirtió que esto podría generar “estigmatización, restricciones indebidas del espacio cívico o criminalización de comunidades rurales” y de quienes ejercen sus derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación.

Defensores de la tierra, en la mira

La alerta no es menor. El Decreto 84-2026 podría afectar a pequeños agricultores, comunidades rurales y personas que defienden la tierra, el territorio, el ambiente y los recursos naturales.

La ONU mencionó especialmente los contextos de conflictos agrarios o disputas por el acceso y uso de la tierra. También mencionó la Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial.

En palabras sencillas: quienes luchan contra desalojos, reclaman tierras o defienden ríos y bosques podrían ser vistos no como ciudadanos que ejercen derechos, sino como parte de una estructura criminal. Eso es lo que preocupa a organizaciones campesinas e indígenas.

¿Quién decide quién es terrorista?

El artículo 4 del Decreto deja en manos del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad la tarea de determinar cuándo una organización criminal será considerada terrorista.

No define criterios claros. Tampoco crea un procedimiento para que una persona o grupo pueda defenderse, pedir revisión o salir de una lista.

El abogado Omar Menjivar, en entrevista con Radio Progreso, advierte que esa reforma “abre una puerta a la arbitrariedad, al abuso, a la violación de derechos”. Según explica, se están ampliando las facultades discrecionales de la policía y reduciendo la esfera de derechos de todos.

Menjivar señala que este tipo de medidas son características de lo que en la doctrina se denomina el “derecho penal del enemigo”, concepto atribuido al jurista alemán Günther Jakobs. En ese marco, a la persona considerada enemiga de la sociedad no se le reconocen más derechos que los que podrían reconocérsele a una res.

“Cuando tenemos esa actitud de parte de la policía y esa amplitud de discreción en su actuación, estamos en riesgo todos”, dice Menjivar.

Y plantea una pregunta clave: “¿Quién le va a impedir a la autoridad administrativa decir que alguien que sea disidente de las políticas de Estado, alguien que defienda derechos, alguien que defienda el territorio, sea declarado terrorista?”

Para el abogado, nada lo impide. Y una vez declarada terrorista, esa persona —hombre o mujer— pasa a ser tratada como una res, sin derechos. Eso, subraya, “contraría la Constitución de la República, violenta las bases estructurales del proceso penal, de todo el edificio garantista del proceso penal”.

Menjivar también llama la atención sobre el momento en que se toman estas determinaciones. Ocurren justamente cuando diversas organizaciones, la ciudadanía y la comunidad garífuna comienzan a organizarse para rechazar las actuaciones del actual gobierno. “Ya estamos viendo manifestaciones que están ocurriendo cada fin de semana en las ciudades principales del país”, recuerda.

Y advierte: “Estas determinaciones del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad lo que hacen es ponernos en riesgo a todos los que de cierto modo expresemos disidencia con el gobierno”.

Cárceles más duras

La Ley Especial también cambia el trato en las cárceles. Contempla aislamiento individual en celdas de máxima seguridad, restricciones a la convivencia, límites a visitas y comunicaciones, prohibición de dinero en efectivo y de ciertos aparatos electrónicos.

Las personas tendrían una hora semanal de sol y patio, y llamadas controladas.

Estas condiciones no solo se aplicarían a quienes ya tienen sentencia firme. También podrían aplicarse a detenidos o personas en prisión preventiva si un juez determina su vinculación con organizaciones criminales. Es decir, antes de una condena.

La ley además ordena a la Policía Nacional combatir y desarticular asociaciones declaradas terroristas, maras y pandillas. La Policía Militar de Orden Público tendrá funciones de coordinación con la Policía y el Instituto Nacional Penitenciario.

El Gobierno llama a esto “estado ordinario reforzado”: ampliar capacidades sin volver a un estado de excepción.

Otras medidas

La ley incluye medidas viales y operativas por 12 meses. Prohíbe que dos hombres circulen juntos en una motocicleta. Restringe el porte de armas y objetos cortantes para quienes conducen esos vehículos.

También prohíbe conducir con pasamontañas o prendas que oculten el rostro, usar placas adulteradas o modificar escapes para hacer más ruido. Habrá decomisos, multas y posibles restricciones horarias o territoriales.

¿Funcionará?

Para Omar Menjivar, estas medidas son más simbólicas que reales. “No van a la esencia o a la sustancia del problema”, dice en Radio Progreso.

En su opinión, no crean un procedimiento especial para investigar mejor, ni mejoran la capacidad del Ministerio Público o de la Policía. Mientras existan deficiencias y corrupción en las instituciones, “muy pocos avances tendremos”. Habrá despliegues publicitarios, “todo el show mediático”, pero no resultados de fondo.

“No hay manera de combatir con eficiencia al crimen, cualquiera que sea, ya sea el común o la criminalidad organizada no convencional, si los órganos encargados de realizar el trabajo no son profesionales, no son respetuosos de los derechos humanos y no están sometidos a la Constitución de la República”, sentencia.

Menjivar concluye que estas son “reformas antidemocráticas”, que atentan contra la esencia del Estado de derecho y que, lo más grave, no resuelven el problema de fondo. El problema que supuestamente van a atacar permanece intacto.

La ONU pide explicaciones

El 25 de agosto de 2026, varias relatorías de la ONU enviaron una carta al Gobierno de Honduras. La referencia es OL HND 2/2026.

La firmaron expertos en terrorismo, medio ambiente, libertad de expresión, reunión pacífica, defensores de derechos humanos, independencia de jueces, pueblos indígenas, campesinos y privacidad.

Pidieron explicaciones por el Decreto 84-2026 y advirtieron que algunos elementos son incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos.

Lo que viene

El Ejecutivo tiene 30 días después de la publicación para adecuar los reglamentos. La discusión ahora no es solo si la ley es dura o no. La pregunta es cómo se aplicará.

Porque una ley que promete seguridad puede terminar, según las alertas, castigando a quienes protestan, informan o defienden su territorio.

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